Derechos
de segunda generación o derechos sociales surgen desde fines del siglo XIX ya
mediados del siglo XX se agregaron un conjunto de derechos económicos y
sociales, que ya no consideran exclusivamente al individuo sino que lo sitúan
en un grupo social determinado, sea por su actividad o por necesidad de
protección especial como la ancianidad, la niñez, el desempleo, etcétera.
Como personas tanto de un lugar u
otro tenemos ante la sociedad derechos ya que no importa de que país seamos
solo con el simple hecho de ser personas desde nuestra fecundación ya tenemos esos derechos.
El
Derecho Social resulta ser una de las ramas del Derecho que surge en el Derecho
Público a partir de los cambios en las formas de vida.
Su principal y gran misión es la de ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales con el claro objetivo de proteger a las personas ante las diferentes contingencias que pueden ir surgiendo en el día a día.
Su principal y gran misión es la de ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales con el claro objetivo de proteger a las personas ante las diferentes contingencias que pueden ir surgiendo en el día a día.
Los
Derechos Sociales son aquellos que se le garantizan universalmente a cada
individuo, son un equivalente a los derechos humanos. Estos son de alguna
manera los derechos que humanizan a los individuos, a sus relaciones y también
al entorno en el cual se desarrollan. Entre ellos se destacan los siguientes:
derecho a un empleo, a un salario, a la protección social, en caso de
necesitarlo, derecho a la jubilación, a un seguro de desempleo, bajas laborales
por maternidad, enfermedad, accidentes laborales, entre otros, derecho a una
vivienda, a la educación, a la sanidad, a un ambiente sano y saludable, a la
cultura y a todos los ámbitos de la vida pública
-
Los
derechos sociales son los que humanizan a los individuos, sus relaciones y el entorno en
el que se desarrollan. Son garantías de la igualdad y la libertad reales, pues la libertad no es
posible si es imposible ejercerla por las condiciones materiales de existencia
-
Puedo
mencionar que los derechos son los que todos los ciudadanos o habitantes de un país poseen
por el hecho de serlo. En otras palabras, son la “Consecuencia natural del
estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras” o la
"facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los
fines de su vida". Implican el acceso a los medios necesarios para tener
unas condiciones de vida dignas
Los derechos sociales como derechos humanos:
Para algunos, los derechos
sociales se fundamentan en el contrato social -que puede o no ser explícito en
una Constitución, para James Madison, un “derecho social” es uno que
se adquiere por el mero hecho de la existencia, implicita o no, de ese
contrato. El ejemplo que Madison propone puede entenderse en países de habla
hispana como el derecho a un juicio justo (juicio por jurado en EE. UU.).
Tal derecho no es “natural” -no existe ni puede existir previamente a la
aparición de la sociedad y de las
leyes. Tampoco tiene una forma única:
puede haber diferentes maneras de implementarlo. Sin embargo, todo y cualquier
acuerdo para formar una sociedad justa implica el derecho a un juicio justo. En
general, desde el punto de vista del contractualismo, los derechos que tal contrato
origina (derechos civiles) solo son válidos en la medida en que benefician a
la sociedad y sus miembros. Si ese no es el caso, se renegocia el contrato -a
través de elecciones o cambios a la ley o, últimamente, se recurre legítimamente a la insurrección.
Para otros los derechos sociales
se derivan directamente de los Derechos humanos o naturales, en el sentido que
son facultades o derechos inherentes a todo ser humano, por lo tanto anteceden
y prevalecen sobre cualquier otro
compromiso, consecuentemente, son derechos que ninguno puede perder o conceder.
Así, por ejemplo, Thomas Paine argumenta, en sus Los derechos del hombre, que el derecho a beneficiarse
del esfuerzo común es realmente un derecho natural de los seres humanos, dado
que estos solo pueden vivir en sociedad. Al ciudadano “La sociedad no le dona
nada. Cada hombre es un propietario en la sociedad, y toma del capital como
materia de derecho” (Cap II “de los derechos civiles”). Paine va tan lejos como
a sugerir -entre otras reformas sociales- un “salario mínimo garantizado” (es decir, incluso
para aquellos en desempleo)
Por su parte Edmund Burke argumenta que: “Si la sociedad civil se ha creado para el avance del
hombre, todas los avances que ha efectuado llegan a ser su derecho. (El Estado)
Es una institución de beneficencia y la ley misma solo es beneficiosa si actúa
de acuerdo a una regla. y “Lo que sea que un hombre puede hacer por sí mismo
sin causar perjuicio a los demás el tiene derecho a hacer por sí mismo; y tiene
derecho a una porción justa de todo lo que la sociedad, con todas sus
combinaciones de habilidades y fuerzas, puede hacer en su favor. En esta
sociedad todos los hombres tienen iguales derechos”.... Burke ve su propuesta
como representando “los verdaderos derechos humanos”.
Desde este punto de vista, tales
derechos serían el equivalente a los denominados derechos humanos de segunda
generación (los
económicos, sociales y culturales), propios de algunas versiones del Estado del bienestar y del Estado Social de Derecho, que aparece históricamente,
como superación del Estado de Derecholiberal
Asimismo,
el Derecho Social comprende otras ramas del derecho como ser el derecho
laboral, el derecho a la seguridad social, el derecho migratorio y el derecho agrario.
Que excelente trabajo me gusta mucho la dedicación que tiene, así como la información es muy valiosa
ResponderEliminar